Marco normativo:
Los acuerdos federales sostienen que, en cada jurisdicción, los criterios de evaluación, acreditación y promoción
deben respetar el principio de igualdad con independencia de la modalidad en la
que los/las estudiantes se encuentren cursando: presencial, no presencial o
combinada, debiendo adecuarse en cada caso los instrumentos y modalidades de
evaluación, asegurando la mayor sistematicidad posible con el fin de
sostener y acompañar las trayectorias educativas.
Que en dicho marco, y a efectos de garantizar la igualdad de condiciones para el acceso, la permanencia, la graduación y el egreso en las distintas alternativas y trayectorias educativas del Nivel de Educación Superior para todos quienes lo requieran, en conformidad con los artículos 2° a) de la Ley Nacional N° 24521 – modificado por Ley N° 27204 – y 16 i) de la Ley Provincial 13688, resulta necesario establecer pautas transitorias para la evaluación y acreditación para dicho Nivel Educativo.
· ANEXO I “Pautas para la evaluación y la acreditación en el Nivel Superior”
Régimen de cursada y requisitos para su aprobación: se valorará la trayectoria que cada estudiante haya podido desarrollar para definir la aprobación de la cursada; no se considerará la asistencia ni calificaciones numéricas. Las cursadas realizadas durante el año 2020 tendrán como primera fecha de cierre el 20/11/2020, y la fecha límite para el cierre de las y los estudiantes pendientes de aprobación será el 30/04/2021. La acreditación de las unidades curriculares se realizará con examen final y calificación numérica.
Para la
aprobación de la cursada se considerará la evaluación y el seguimiento de la
trayectoria de las y los estudiantes en el marco de la propuesta de enseñanza
priorizada y enmarcada institucionalmente. Se establece el 20/11/2020 como
primera fecha de cierre y aprobación de cursada. b. Las y los estudiantes que
hayan aprobado la cursada de la unidad curricular podrán inscribirse a examen
final. Quienes no estén en condiciones de aprobar se considerarán como
pendientes de aprobación y tendrán instancias de acompañamiento hasta el 30 de
abril de 2021, última fecha en la que deberá definirse la cursada como APROBADA
/ DESAPROBADA c. Las y los estudiantes con vinculación débil o intermitente
también se considerarán como pendientes de aprobación y tendrán la posibilidad
de realizar un trayecto formativo complementario. El mismo está pensado como
una cursada para quienes por dificultades socio técnicas o por haberse
incorporado tardíamente no pudieron sostener una cursada regular. El cierre del
mencionado trayecto será el 30 de abril de 2021, fecha en la que deberá
definirse la cursada como APROBADA/DESAPROBADA. d. Las y los estudiantes
tendrán la posibilidad de acceder a la instancia de condición de libre, sin
limitar el porcentaje al 30%, siempre y cuando se hallara inscripto para la
cursada del espacio curricular.
La propuesta de evaluación de esta instancia, deberá adecuarse a la propuesta curricular priorizada y contemplará las instancias previstas: orales y escritas. No se incluye la condición de libres en los siguientes Espacios Curriculares: Ateneos, Talleres, Seminarios, los Campos de Práctica Docente, Prácticas Profesionalizantes, y para las materias de Formación en Producción Artística.
Para todos los casos de examen final la acreditación se realizará respetando la propuesta metodológica que haya adoptado cada espacio curricular.
Para las mesas correspondientes al turno noviembre/diciembre de 2020 y febrero/marzo 2021 se habilita la realización de un solo llamado debido a la complejidad de las acciones de cierre de año.
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